Para empresas

Energía solar para tu negocio o industria

Reduce tu costo de energía, deduce la inversión y compara hasta 3 propuestas con tu recibo real. Te ayudamos a pedirlas bien.

Por qué ahora

Lo que gana una empresa con energía solar

Deducción del 100 %

La LISR (art. 34, fr. XIII) permite deducir en un solo ejercicio la inversión en equipo de energía renovable, si opera al menos 5 años.

Leer la guía

Tarifas sin subsidio

Las tarifas comerciales e industriales (PDBT, GDBT, GDMTO, GDMTH) no tienen subsidio: cada kWh que generas vale más que en una casa.

Menos cargo por demanda

En media tensión pagas también por tu pico de demanda. Un buen diseño (y, si conviene, baterías) puede recortarlo.

Sin permiso hasta 0.7 MW

La Ley del Sector Eléctrico de 2025 subió el límite de generación distribuida exenta de permiso a 0.7 MW.

Leer la guía

Metas ambientales

Cada kWh solar evita ≈0.44 kg de CO₂ de la red: un dato concreto para tus reportes ESG y clientes.

Flujo predecible

Fijas una parte de tu costo de energía por más de 25 años, con financiamiento o compra de contado.

Encuentra a quién

Instaladoras según tu tipo de operación

Tip: en el directorio filtra por UVIE propia si tu proyecto es de media tensión.

Cómo pedirlo

Una solicitud, hasta 3 propuestas comparables

  1. Adjunta tu recibo

    Incluye tarifa, consumo y demanda: es lo que necesitan para dimensionar.

  2. Elige hasta 3 instaladoras

    Todas reciben la misma información, así sus propuestas sí se pueden comparar.

  3. Compara con la misma lista

    Usa la lista de la derecha con cada propuesta.

Empezar mi solicitud

Lo que debe traer cada propuesta

  • Recibos de los últimos 12 meses (con demanda si es media tensión).
  • Producción anual estimada (kWh) y porcentaje de cobertura.
  • Marca y modelo de paneles e inversores, con garantía en México.
  • Estudio de sombras y de estructura del techo.
  • Trámite de interconexión y, si aplica, verificación por UVIE incluidos.
  • Garantía de instalación por escrito y plan de mantenimiento.
  • Retorno de inversión con y sin deducción fiscal.